La implementación de la firma electrónica en España ha desempeñado un importante papel en el proceso de transformación digital de nuestra sociedad.
Hoy por hoy su utilización se ha multiplicado en todos los sectores, tanto en el ámbito profesional como en el mundo de la empresa y los negocios, y también a nivel particular, por sus ventajas de seguridad y legalidad frente a la firma manuscrita, y el ahorro de costes y tiempos que conlleva para los usuarios.
¿Cómo nace la firma electrónica en España? Historia y evolución.
En la actualidad, el uso de la firma digital en la mayoría de los países del mundo, entre ellos España, cuenta con el respaldo de la correspondiente legislación que regula los requisitos necesarios para garantizar su validez y seguridad.
Así, cada vez hay más negocios, empresas y particulares que en su proceso de transformación digital optan por soluciones tecnológicas de firma electrónica avanzada como la que ofrece efirma GO.
La historia de la firma electrónica en España arranca en 1995 con la aparición de la primera Autoridad de Certificación.
Cuatro años después, en 1999, la Unión Europea establece el marco comunitario para regularla a través de la Directiva 1999/93/CE, con el fin de facilitar su utilización y contribuir a su reconocimiento jurídico.
En los años siguientes Europa, que apoyaba el camino hacia la transformación digital y así nace el denominado Digital Single Market (DSM), para promover la digitalización en los países miembros.
En España se legisla por primera vez sobre la firma digital en el año 2003 con la Ley 59/2003, y tres años después se crea el DNI electrónico que tenía como finalidad facilitar a los ciudadanos la realización de operaciones y consultas digitalmente.
Durante los años siguientes, esta firma sigue evolucionando: se implementan las primeras firmas en la nube, y en 2007 se promulga la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, que venía a reconocer el derecho a los ciudadanos a poder relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
En 2009 se da otro paso facilitándonos la gestión de la declaración de la renta al poder confirmarla de forma telemática, y dos años después, ya había en nuestro país más de 25 millones de ciudadanos con un DNI electrónico.
Pero sin duda es en 2014 cuando Europa da un paso más con el Reglamento (UE) nº 910/2014, más conocido como Reglamento eIDAS (Reglamento Europeo de Identificación electrónica), que es obligatorio para todos los países miembros de la UE y tiene prioridad sobre cualquier otra Ley nacional existente en cualquiera de ellos. Con esta normativa el uso de las firmas electrónicas reciben el reconocimiento legal en la Unión Europea, entrando en vigor en España el 1 de julio de 2016, en el marco de consolidación de la transformación digital que Europa buscaba.
¿Cuál es la situación actual de la firma digital en España?
En España, como en el resto de países de la Unión Europea, el uso de la firma digital se ha convertido en habitual en casi todos los sectores de la sociedad y está plenamente implementada con todas las garantías de validez jurídica y seguridad.
El Reglamento eIDAS, que estableció un marco seguro y común para todos los países miembros y que entró en vigor en nuestro país en 2016, vino a sustituir a Ley 59/2003 de firma electrónica, que hasta el momento regulaba la validez legal de las firmas electrónicas en nuestro país.
La competencia para controlar todo lo referente a las firmas electrónicas en España es del Ministerio de Economía y Empresa, que, además, supervisa y vigila que la lista de los proveedores de servicios de confianza como efirma GO estén cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento eIDAS.
El evidente crecimiento del uso de la firma digital está en auge, motivo por el que cada vez es más y más importante una correcta regulación.
El último paso en la evolución de la firma electrónica en españa se ha dado con la entrada en vigor, en noviembre de 2020, de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, que tiene la finalidad de adaptar nuestro ordenamiento jurídico a la regulación europea.
La nueva Ley deroga la Ley 59/2003, y con ella aquellos preceptos que eran incompatibles con el Reglamento eIDAS.
De esta forma se evita que existan vacíos de normativa que puedan provocar situaciones de inseguridad jurídica en el uso de la firma digital y la prestación de servicios electrónicos de confianza.
Además, gracias a las ayudas que ofrece el gobierno actualmente, la firma electrónica puede ser solicitada mediante el Kit Digital, con el objetivo de que las empresas puedan digitalizarse y agilizar todos sus procesos.
¿Hay documentos que no se pueden firmar electrónicamente en España?
La firma electrónica en España nos permite formalizar la mayoría de documentos que utilizamos en el día a día de nuestra actividad personal y profesional, como son los contratos laborales, jurídicos y de cualquier otra clase, operaciones financieras, acuerdos empresariales, seguros o arrendamientos, entre otros.
Prácticamente todas las profesiones y todos los sectores de actividad pueden utilizarla, reduciendo costes y ahorrando tiempo en desplazamientos.
Sin embargo, hay algunas excepciones:
- Los documentos relativos a Derecho Hereditario o de Sucesiones o de Familia, como pueden ser contratos matrimoniales o de herencias.
- Determinados contratos que precisan o necesitan la intervención de un notario, como algunos arrendamientos, compras o transferencias de bienes.
- En sociedades de responsabilidad limitada, sus Estatutos o las asignaciones de acciones.
- Algunos documentos específicos de recursos humanos que precisan algún tipo de formalidad más concreta y especial.
España, pues, se une al resto de países de la UE en la implementación de la firma electrónica, tanto por las Administraciones Públicas en sus relaciones con los ciudadanos, como por empresas y negocios de todo tipo en sus relaciones con sus clientes.
La apuesta por soluciones de firma electrónica avanzada en España como las que ofrece efirma GO permite suscribir todo tipo de documentos a distancia de forma segura y eficaz, ahorrando tiempo y reduciendo costes.
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